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Última modificación
Lun , 05/02/2024 - 08:45

Modificación del director/a(s) y/o tutor/a

Tal como recoge el art. 1.4 del Acuerdo de 25 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento sobre Tesis Doctorales de la Universidad de Zaragoza, la Comisión Académica del programa de doctorado podrá modificar la asignación del tutor y/o director/es, siempre que concurran razones justificadas y oídos tutor, director/es y doctorando.

Para ello, el doctorando deberá presentar el impreso Solicitud de modificación de la designación de director/a(es/as) y/o tutor/a de tesis doctoral-Inclusión de un/a tercer/a director/a, debidamente cumplimentado y firmado por todas las partes implicadas (doctorando, tutor/a y director/a (es/as) que causan alta y/o baja, con el visto bueno de aquellos que no sufran modificación).

Junto con el impreso anterior, se debe adjuntar un documento donde se expliquen y justifiquen los cambios propuestos.

Esta documentación se debe presentar por Registro electrónico, dirigida a la sede administrativa del programa de doctorado correspondiente.

La Comisión Académica del programa de doctorado correspondiente será la encargada de aceptar, en su caso, las modificaciones propuestas y de velar porque el doctorando no se quede en ningún momento sin tutor/a ni director/a. Todas las partes están llamadas a buscar activamente soluciones y alternativas para que esto no suceda. El acuerdo que se adopte será remitido a la Escuela de Doctorado a la mayor brevedad posible.

Tercer director

De acuerdo al art. 1.3 del Acuerdo de 25 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento sobre Tesis Doctorales de la Universidad de Zaragoza, la incorporación de un tercer director de tesis será excepcional y requiere la autorización de la Comisión de Doctorado.

Por ello, se debe presentar la Solicitud de modificación de la designación de director/a(es/as) y/o tutor/a de tesis doctoral-Inclusión de un/a tercer/a director/a, que deberá estar adecuadamente justificada, a través del Registro electrónico, dirigida a la sede administrativa del programa de doctorado correspondiente.

Una vez que haya sido evaluada por la Comisión Académica del programa, será remitida, si procede, a la Escuela de Doctorado, que cursará solicitud a la Comisión de Doctorado para su eventual aprobación atendiendo a los criterios aprobados por el Comité de Dirección de la EDUZ.

En caso de que el doctorando tenga un contrato predoctoral la respuesta de la Comisión Académica o la Comisión de Doctorado, según corresponda, queda supeditada a la aprobación final del organismo financiador del contrato correspondiente.