Admisión a trámite
La Comisión académica resolverá sobre la admisión a trámite de la tesis dentro de los quince días lectivos siguientes a la presentación de la solicitud (o desde la subsanación, en su caso), tomando en consideración los informes de los directores y directoras y las aportaciones al conocimiento del ámbito de estudio en el que se ha desarrollado, así como la calidad de su redacción y presentación.
La sede administrativa del Programa de doctorado correspondiente deberá comprobar que aporta la documentación pertinente y que se cumplen los requisitos, poniendo especial atención en los casos de tesis que optan a alguna de las modalidades especiales contempladas en la normativa. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos que sean de aplicación con arreglo a la normativa vigente, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días lectivos, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, debiendo iniciar nuevamente el procedimiento.
En el caso de resolución desestimatoria, ésta será motivada y se comunicará al doctorando/a y al director/a. El doctorando/a podrá presentar una reclamación ante la Comisión de Garantía de la Calidad de los Estudios de Doctorado de la EDUZ a través del registro electrónico, en un plazo de diez días lectivos. Ésta emitirá informe al respecto, dentro de los diez días lectivos siguientes a la presentación de la misma, que elevará, junto con las alegaciones presentadas, al director o directora de la EDUZ.
