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Informes externos y autorización del depósito de la tesis

Última modificación
Mié , 13/11/2024 - 11:27

Todas las tesis depositadas a partir del curso 2024-2025 deberán ir acompañadas de un mínimo de dos informes emitidos por personas doctoras expertas en la materia, externas a la Universidad de Zaragoza (y a las universidades del convenio en el caso de programas interuniversitarios y tesis en régimen de cotutela), que podrán proponer aspectos de mejora.

Requisitos de las personas informantes expertas externas

  • Las personas informantes deberán ser externas a la Universidad de Zaragoza y a las universidades del convenio en el caso de programas interuniversitarios y tesis en régimen de cotutela. En el caso de que la tesis opte a Mención Internacional en el título de Doctor o Doctora, los referidos informes deberán ser emitidos por personas que pertenezcan a instituciones no españolas distintas. Estas personas no podrán coincidir con los investigadores o investigadoras que recibieron al doctorando o doctoranda y realizaron tareas de tutoría o dirección de trabajos en la entidad de acogida durante la estancia realizada para la obtención de la mención internacional.

  • El doctorando o doctoranda no deberá figurar como coautor/a en las publicaciones relacionadas directamente con la materia de la tesis o estrechamente afines a la temática de la misma proporcionadas para cada investigador/a propuesto/a.

  • Los autores o autoras de los informes no pueden coincidir con los coautores de las publicaciones derivadas de la tesis

  • Las personas informantes podrán formar parte del tribunal que evalúe la tesis.

Una vez el doctorando o doctoranda haya hecho el pre-depósito de la tesis, los directores y directoras de la tesis podrán hacer llegar, junto con su informe final, a la Comisión Académica del programa una lista de hasta cinco investigadores e investigadoras que puedan emitir los informes externos sobre la tesis en los que podrán proponer aspectos de mejora.

La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente, una vez haya admitido a trámite la tesis, deberá hacer llegar a la EDUZ, junto al resto de documentación, un Listado de informantes externos para la evaluación de tesis doctoral. Los informantes propuestos por la Comisión Académica podrán coincidir o no con los propuestos por los directores y/o directoras de tesis.

Recibida la documentación en la Escuela de Doctorado, ésta contactará con los investigadores/as de dicho listado, respetando el orden indicado. Los informantes dispondrán para emitir el informe solicitado de un plazo máximo de 30 días naturales a partir de que acepten colaborar con la emisión de dicho informe.

Los informes se ajustarán al modelo de impreso dispuesto a tal fin, en el que se deberá indicar una de las cuatro respuestas posibles:

  • (a) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, sin cambios.

  • (b) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, con cambios menores (con el detalle de los cambios recomendados).

  • (c) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, con cambios sustanciales (con el detalle de los cambios requeridos).

  • (d) No se recomienda de manera razonada, la defensa de la tesis doctoral.

Una vez recibidos los dos informes preceptivos en la Escuela de Doctorado, estos se enviarán al doctorando o doctoranda, al director/es o directora/s y a la Comisión Académica, para que esta última proceda a su valoración.

La Comisión Académica, en función de los informes recibidos, puede:

  • Autorizar el depósito de la tesis, comunicándolo al doctorando o doctoranda mediante correo electrónico. En este caso se continúan los trámites de depósito con la memoria presentada, pudiendo el doctorando o doctoranda adjuntar, si fuese necesario, y a través del registro electrónico, una fe de erratas en el plazo de 3 días lectivos desde la recepción del anterior correo.

  • Dar instrucciones al doctorando o doctoranda sobre los cambios a introducir en la tesis, concediendo un plazo máximo de 2 meses para atender a lo requerido en los informes. El doctorando o doctoranda presentará, a través de registro elecrónico, una nueva versión de la memoria de la tesis y un documento donde se dé respueta a los informes externos y se detallen los cambios realizados en la tesis. Recibida esta documentación, la Comisión Académica valirará los cambios y autorizará, si procede, el depósito con la versión modificada de la tesis doctoral.

  • No autorizar el depósito de la tesis, comunicándolo de forma motivada al doctorando o doctoranda y al director/es o directora/s de tesis. En este caso el doctorando o doctoranda podrá presentar una reclamación ante la Comisión de Doctorado a través del registro electrónico, en un plazo de 7 días lectivos. Ésta resolverá motivadamente, en el plazo de los 7 lectivos siguientes. En el caso de que no se autorice el depósito de la tesis, si el doctorando o doctoranda no ha agotado el tiempo de permanencia en el Programa de doctorado, podrá volver a proceder con una nueva solicitud de admisión a trámite y el pre-depósito, teniendo en cuenta que sólo habrá una única extensión en 5 meses del plazo límite de depósito y que no se podrá sobrepasar ésta en ningún caso.

Una vez finalizados los trámites anteriores, y si el resultado es la autorización del depósito, la Comisión Académica debe enviar a la Escuela de Doctorado, mediante comunicación interna, la siguiente documentación:

  • Impreso, según modelo proporcionado, de autorización del depósito de la tesis, indicando si procede continuar los trámites para su defensa con la versión original o con la versión corregida, en su caso, reflejando la fecha correspondiente de depósito. Se deberá adjuntar, además, según corresponda:

    • Versión corregida de la tesis presentada por el doctorando o doctoranda, en su caso.

    • Justificante de presentación por registro electrónico de la versión corregida de la tesis, en su caso.

    • Documento presentado por el doctorando o doctoranda donde dé respuesta a los informes externos y se detallen los cambios realizados en la tesis, en su caso.

    • Nuevo/s informe/s solicitado/s por la Comisión Académica a la/s persona/s informantes, en su caso.

    • Fe de erratas presentada por el doctorando/a, a adjuntar a la versión de la tesis pre-depositada, en su caso.

  • Propuesta de tribunal de acuerdo al impreso Propuesta y designación del tribunal de tesis doctoral-autorización defensa.

En este punto, se considerará cerrado el proceso de depósito de la tesis, quedando como fecha de depósito aquella en la que el doctorando o doctoranda realizó, el pre-depósito (a través de Solicit@), en caso de no requerirse correcciones, o bien la presentación de la tesis corregida (a través de registro), en su caso.

Consultas: tesis@unizar.es

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