Informes externos y autorización del depósito de la tesis
Todas las tesis depositadas a partir del curso 2024-2025 deberán ir acompañadas de un mínimo de dos informes emitidos por personas doctoras expertas en la materia, externas a la Universidad de Zaragoza (y a las universidades del convenio en el caso de programas interuniversitarios y tesis en régimen de cotutela), que podrán proponer aspectos de mejora.
Requisitos de las personas informantes expertas externas
Las personas informantes deberán ser externas a la Universidad de Zaragoza y a las universidades del convenio en el caso de programas interuniversitarios y tesis en régimen de cotutela. En el caso de que la tesis opte a Mención Internacional en el título de Doctor o Doctora, los referidos informes deberán ser emitidos por personas que pertenezcan a instituciones no españolas distintas. Estas personas no podrán coincidir con los investigadores o investigadoras que recibieron al doctorando o doctoranda y realizaron tareas de tutoría o dirección de trabajos en la entidad de acogida durante la estancia realizada para la obtención de la mención internacional.
El doctorando o doctoranda no deberá figurar como coautor/a en las publicaciones relacionadas directamente con la materia de la tesis o estrechamente afines a la temática de la misma proporcionadas para cada investigador/a propuesto/a.
Los autores o autoras de los informes no pueden coincidir con los coautores de las publicaciones derivadas de la tesis.
Las personas informantes podrán formar parte del tribunal que evalúe la tesis.
Una vez el doctorando o doctoranda haya hecho el pre-depósito de la tesis, los directores y directoras de la tesis podrán hacer llegar, junto con su informe final, a la Comisión Académica del programa una lista de hasta cinco investigadores e investigadoras que puedan emitir los informes externos sobre la tesis en los que podrán proponer aspectos de mejora.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente, una vez haya admitido a trámite la tesis, deberá hacer llegar a la EDUZ, junto al resto de documentación, un Listado de informantes externos para la evaluación de tesis doctoral. Los informantes propuestos por la Comisión Académica podrán coincidir o no con los propuestos por los directores y/o directoras de tesis.
Recibida la documentación en la Escuela de Doctorado, ésta contactará con los investigadores/as de dicho listado, respetando el orden indicado. Los informantes dispondrán para emitir el informe solicitado de un plazo máximo de 30 días naturales a partir de que acepten colaborar con la emisión de dicho informe.
Los informes se ajustarán al modelo de impreso dispuesto a tal fin, en el que se deberá indicar una de las cuatro respuestas posibles:
(a) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, sin cambios.
(b) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, con cambios menores (con el detalle de los cambios recomendados).
(c) Se recomienda la defensa de la tesis doctoral, con cambios sustanciales (con el detalle de los cambios requeridos).
(d) No se recomienda de manera razonada, la defensa de la tesis doctoral.
Una vez recibidos los dos informes preceptivos en la Escuela de Doctorado, estos se enviarán al doctorando o doctoranda, al director/es o directora/s y a la Comisión Académica, para que esta última proceda a su valoración.
La Comisión Académica, en función de los informes recibidos, puede:
Autorizar el depósito de la tesis, comunicándolo al doctorando o doctoranda mediante correo electrónico. En este caso se continúan los trámites de depósito con la memoria presentada, pudiendo el doctorando o doctoranda adjuntar, si fuese necesario, y a través del registro electrónico, una fe de erratas en el plazo de 3 días lectivos desde la recepción del anterior correo.
Dar instrucciones al doctorando o doctoranda sobre los cambios a introducir en la tesis, concediendo un plazo máximo de 2 meses para atender a lo requerido en los informes. El doctorando o doctoranda presentará, a través de registro elecrónico, una nueva versión de la memoria de la tesis y un documento donde se dé respueta a los informes externos y se detallen los cambios realizados en la tesis. Recibida esta documentación, la Comisión Académica valirará los cambios y autorizará, si procede, el depósito con la versión modificada de la tesis doctoral.
No autorizar el depósito de la tesis, comunicándolo de forma motivada al doctorando o doctoranda y al director/es o directora/s de tesis. En este caso el doctorando o doctoranda podrá presentar una reclamación ante la Comisión de Doctorado a través del registro electrónico, en un plazo de 7 días lectivos. Ésta resolverá motivadamente, en el plazo de los 7 lectivos siguientes. En el caso de que no se autorice el depósito de la tesis, si el doctorando o doctoranda no ha agotado el tiempo de permanencia en el Programa de doctorado, podrá volver a proceder con una nueva solicitud de admisión a trámite y el pre-depósito, teniendo en cuenta que sólo habrá una única extensión en 5 meses del plazo límite de depósito y que no se podrá sobrepasar ésta en ningún caso.
Una vez finalizados los trámites anteriores, y si el resultado es la autorización del depósito, la Comisión Académica debe enviar a la Escuela de Doctorado, mediante comunicación interna, la siguiente documentación:
Impreso, según modelo proporcionado, de autorización del depósito de la tesis, indicando si procede continuar los trámites para su defensa con la versión original o con la versión corregida, en su caso, reflejando la fecha correspondiente de depósito. Se deberá adjuntar, además, según corresponda:
Versión corregida de la tesis presentada por el doctorando o doctoranda, en su caso.
Justificante de presentación por registro electrónico de la versión corregida de la tesis, en su caso.
Documento presentado por el doctorando o doctoranda donde dé respuesta a los informes externos y se detallen los cambios realizados en la tesis, en su caso.
Nuevo/s informe/s solicitado/s por la Comisión Académica a la/s persona/s informantes, en su caso.
Fe de erratas presentada por el doctorando/a, a adjuntar a la versión de la tesis pre-depositada, en su caso.
Propuesta de tribunal de acuerdo al impreso Propuesta y designación del tribunal de tesis doctoral-autorización defensa.
En este punto, se considerará cerrado el proceso de depósito de la tesis, quedando como fecha de depósito aquella en la que el doctorando o doctoranda realizó, el pre-depósito (a través de Solicit@), en caso de no requerirse correcciones, o bien la presentación de la tesis corregida (a través de registro), en su caso.
Consultas: tesis@unizar.es