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Última modificación
Lun , 24/06/2024 - 09:00

Admisión a un Programa de Doctorado

La admisión en un Programa de Doctorado es responsabilidad de su Comisión Académica, que podrá establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes, por lo que se debe consultar la información específica sobre admisión en la página web del Programa de Doctorado correspondiente y seguir las indicaciones allí recogidas.
Se reservarán un 5% de las plazas ofertadas a estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.

Solicitudes

Presentación

La solicitud de admisión a un Programa de Doctorado se deberá presentar en los plazos establecidos en el calendario académico, a través de secretaría virtual.

Quienes hayan firmado un contrato predoctoral pueden resultar admitidos aunque el programa de doctorado tenga las plazas ofertadas cubiertas.

Quienes se encuentren pendientes de obtener los requisitos académicos necesarios para el acceso al doctorado podrán presentar su solicitud en el plazo de admisión ordinario y ser considerados por las Comisiones académicas de los programas. En todo caso, la admisión no podrá ser concedida sin la acreditación de que se reúnen los citados requisitos de acceso antes de la fecha de publicación de los listados de admisión definitiva de los programas.

Documentación necesaria

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del documento de identidad o pasaporte.

  • Fotocopia del título o títulos universitarios que permiten el acceso a doctorado. Si se trata de un título extranjero no homologado expedido por un país del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), además:

  • Carta de motivación para cursar estudios de doctorado expresando el interés en alguna línea de investigación del programa (hasta dos) y proponiendo a uno o dos investigadores como posibles directores de tesis (obligatorio).

  • Aval del posible director de tesis, en su caso.

  • Suplemento Europeo al Título (SET) o en su defecto, certificación académica personal.

  • En su caso, Curriculum Vitae.

  • En su caso, acreditación de nivel de idioma requerido por el Programa de doctorado.

  • En su caso, declaración de equivalencia de nota media de estudios extranjeros.

  • En su caso, credencial de homologación de título extranjero.

  • En su caso, resolución de la solicitud de acceso a doctorado con título extranjero no homologado de un país ajeno al EEES, o en su defecto, justificante de haberlo solicitado.

  • En su caso, documentación de la condición de discapacitado.

  • En su caso, solicitud de la modalidad de matrícula a tiempo parcial, acompañada de la documentación pertinente (obligatoria).

  • En su caso, certificado académico personal de haber superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.

  • Documentación adicional que exija el programa para el que se solicita la admisión.

Se permitirá que los solicitantes realicen una comunicación previa de sus datos identificativos y demás requisitos de admisión, aportando una copia simple de la documentación. 

Si resultan admitidos deberán presentar en el momento de formalizar la matrícula la documentación original o, en su defecto, copia compulsada o, en su caso, debidamente legalizada, de la misma, que podrán ser objeto de comprobación, control e inspección en función de las facultades que tiene atribuidas la Universidad de Zaragoza para ello. La inexactitud, falsedad u omisión de los datos o documentos incorporados en la comunicación previa supondrá la anulación de la plaza adjudicada, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Listados de admitidos y excluidos

A la vista de la documentación presentada la Comisión académica del programa acordará admitir o no al solicitante. También podrá declarar a un candidato no idóneo en función de la información contenida en la carta de motivación presentada con la solicitud.

De acuerdo al calendario académico, los listados provisionales y definitivos de personas admitidas y excluidas se expondrán en el tablón de anuncios de la Universidad (e-TOUZ), pudiéndose presentar reclamaciones en caso de no admisión ante la Comisión Acedémica o la Comisión de Doctorado, respectivamente.

Las posibles plazas vacantes serán cubiertas por la Comisión académica acudiendo a la correspondiente lista de espera.

Carta de admisión

A aquellas personas que resulten admitidas, desde la sede administrativa del programa se les enviará la Carta de admisión firmada por la persona coordinadora, que incluirá información sobre tutor/a, director/a(es/as), líneas de investigación, modalidad de dedicación y complementos formativos en su caso.

La condición de doctorado o doctoranda de la Universidad de Zaragoza se adquiere con la formalización de la matrícula, para lo que se dispone de un mes desde la fecha de emisión de la Carta de admisión en el correspondiente programa de doctorado. Una vez finalizado este plazo, se deberá solicitar de nuevo la admisión.

Tutor, director/es y línea/s de investigación

La Comisión Académica designará el tutor/a (doctor/a con experiencia investigadora acreditada ligado/a al programa) y el director/a(es/as) de la tesis (doctor/a español o extranjero/a con experiencia investigadora acreditada) y asignará hasta un máximo de dos líneas de investigación.

Es recomendable que el tutor/a forme parte del profesorado del Programa de doctorado, pero no es estrictamente necesario. Siendo importante que, a criterio de la Comisión académica, la persona conozca bien el programa de doctorado y sea cercana al mismo. En estos casos, la Comisión académica deberá aportar a la Escuela de Doctorado justificación de que la persona está ligada al programa.

La tesis podrá ser codigirida cuando concurran razones de índole académico o de interdisciplinariedad temática o cuando se trate de programas desarrollados en colaboración nacional o internacional. La Comisión académica deberá autorizar la codirección y la podrá revocar posteriormente. También podrá autorizar la codirección de la tesis por parte de doctores que no dispongan de actividad investigadora acreditada, tras valorar su curriculum vitae y la justificación de la necesidad/pertinencia de la misma. En ningún caso el número de directores/as será superior a tres, siendo necesaria la autorización de la Comisión de Doctorado para la designación de un tercer director/a.

La Comisión académica, oído la doctoranda o el doctorando, podrá modificar el nombramiento de tutor/a o del director/a de tesis en cualquier momento del periodo de realización del Doctorado, siempre que concurran razones justificadas y tanto el tutor/a como al menos uno/a de los directores/as cumplan el requisito de tener experiencia investigadora acreditada, debiéndolo notificar a la Escuela de Doctorado.

Tanto el doctorando o doctoranda como el tutor/a y el director/a(s) de tesis manifestarán expresamente su conformidad con la dirección propuesta mediante la firma de la correspondiente Carta del Doctorado.

Experiencia investigadora acreditada (art. 2.9 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero): posesión de, al menos, un periodo de actividad investigadora reconocida por la CNEAI (o equivalente). Cuando la persona interesada no pueda concurrir a la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora y tenga méritos de investigación equiparables, podrá solicitar el reconocimiento de la experiencia investigadora presentando el correspondiente impreso a través de registro electrónico ante la Comisión de Doctorado quien resolverá conforme a los criterios establecidos.

Modalidades de dedicación

La modalidad de dedicación del doctorando podrá ser a tiempo completo o tiempo parcial. Durante el desarrollo de la tesis se podrá solicitar el cambio de modalidad.

Complementos formativos

La admisión al Programa de Doctorado podrá incluir la exigencia de complementos de formativos que se detallarán en la resolución de la misma. Estos complementos se establecerán en función de los estudios previos cursados y consistirán en la realización de un determinado número de asignaturas en estudios de Máster universitario (consultar en cada programa), que deberán matricularse en  el centro responsable del mismo, presentando en su secretaría:

  • Copia de la matrícula en tutela académica de doctorado

  • Copia de la carta de admisión, donde figuran los complementos formativos que deban cursarse.

Los complementos formativos deben matricularse en el primer curso académico en el que sea posible tras matricularse en doctorado y superarse en ese curso académico, no pudiendo realizarse una segunda matrícula de los mismos. Tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación a nivel de doctorado.
En caso de estar en posesión de algún contrato predoctoral cualquier cambio en el título de la tesis, directores, etc. requiere aprobación expresa por el organismo financiador del contrato correspondiente, cuya tramitación correrá a cargo del Servicio de Gestión de Investigación de la UZ (SGI).

Normativa

 

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