Cotutela de tesis
Definición y claves
La tesis en cotutela permite a un doctorando obtener dos títulos de doctor, uno por cada una de las universidades (de países diferentes) que participan en la cotutela. Estos doctorandos serán estudiantes de las dos universidades, debiendo cumplir con los requisitos establecidos para el doctorado en cada una de ellas. Es este doble cumplimiento lo que hace compleja su gestión desde el punto de vista administrativo. Sin embargo, al permitir al doctorando llevar a cabo su investigación en colaboración con una universidad extranjera, asegura un alto nivel de internacionalización de la tesis, lo que se reconoce como un indicador de la calidad de la misma.
La cotutela está regulada a nivel nacional (Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado) y supone que el doctorando o doctoranda tendrá un director o directora de tesis en cada una de las universidades participantes. El doctorando o doctoranda habrá de realizar una estancia mínima de nueve meses fuera de su institución de origen, bien en un solo periodo o en varios. De la estancia, al menos seis meses deberán ser en las universidades con la que se establece el convenio de cotutela y el resto podrá ser en otra institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio extranjero. En el caso de la estancia de al menos tres meses en una institución distinta de las de la cotutela, y si se cumple el resto de los requisitos, podrá obtenerse la Mención Internacional en el título de Doctor o Doctora.
Cada cotutela de tesis se desarrollará en el marco de un convenio específico entre las dos universidades participantes. Dicho convenio, firmado por el doctorando, los directores de tesis, los directores de las Escuelas de Doctorado y los Rectores de ambas instituciones, establecerá los detalles académicos y administrativos por los que se rige la cotutela. En virtud del convenio, cada institución reconocerá la validez de la tesis doctoral defendida en ese marco.
Ver artículos 14-16: Acuerdo de 25 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento sobre Tesis Doctorales de la UZ (Parcialmente derogado por la RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2024, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se hace público el Procedimiento para el depósito de tesis doctorales de la Universidad de Zaragoza.)
Ver punto 12.1: Procedimiento de depósito, autorización y defensa de tesis de la UZ (Comité de Dirección de la EDUZ, 28 de julio de 2020)
Tramitación
Solicitud para realizar la tesis en cotutela
El primer paso es solicitar la aprobación para la realización de la cotutela. Un requisito indispensable para ello es estar admitido en un programa de doctorado, trámite que puede ser realizado de forma simultánea.
La documentación que se debe presentar para solicitar la cotutela es la siguiente:
Estudiante ya matriculado/a en un programa de doctorado de UNIZAR
Solicitud de realización de una tesis doctoral en cotutela (debe haber correspondencia en los directores con el/los indicados en la admisión).
Solicitud de modificación de la designación de director/es de tesis o tutor de tesis doctoral, solicitando la incorporación del director de la universidad con la que se firme el convenio de cotutela.
En el caso de que alguno el director extranjero no disponga de experiencia investigadora acreditada es necesario solicitar simultáneamente su reconocimiento mediante este impreso.
Estudiante no matriculado/a en un programa de doctorado de UNIZAR
Solicitud de admisión y de cotutela de tesis para estudiantes que no estén matriculados en un programa de doctorado de la Universidad de Zaragoza. En caso de alumnos en posesión de un título de un país ajeno al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), si no lo han solicitado previamente, deben de forma simultánea solicitar el acceso con dicho título.
En el caso de que alguno de los directores no dispongan de experiencia investigadora acreditada (es el caso de los extranjeros si no han dirigido alguna otra tesis en UNIZAR) es necesario solicitar simultáneamente su reconocimiento mediante este impreso.
Convenio de cotutela
En paralelo a los trámites anteriores se puede ir elaborando, de forma conjunta con la otra universidad, el convenio específico de cotutela de tesis siguiendo los modelos establecidos a tal fin, en el que se reflejarán las siguientes cuestiones:
Universidades de realización de la cotutela.
Nombres de los respectivos directores de tesis, que deberán haber sido nombrados por la Comisión Académica del programa.
Años académicos y duración de los periodos de estancia en las respectivas universidades, con arreglo a los requisitos exigidos por la normativa.
Universidad e idioma de defensa de la tesis.
Composición del tribunal (cuyos miembros deberán ser doctores y tener reconocida la experiencia investigadora).
Régimen económico (costes de inscripción de los doctorandos, financiación del tribunal, etc.).
Normativas de propiedad intelectual e industrial vigentes en ambos países.
Para obtener un modelo de convenio es necesario ponerse en contacto con la sección administrativa de la EDUZ (extranjerosdoctorado@unizar.es) indicando la Universidad con la que se quiere llevar a cabo la cotutela. El borrador del convenio deberá hacerse llegar a la sección, en ese mismo correo, para su revisión por parte de las autoridades académicas.
Una vez resuelta favorablemente la solicitud de cotutela se procederá a la firma del convenio por parte del doctorando, sus directores, los responsables de las respectivas escuelas de doctorado y los rectores de las dos universidades.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes mediante la firma de las correspondientes adendas al mismo.
Matrícula en las universidades de la cotutela y desarrollo de la formación doctoral
Una vez obtenida la aprobación de la cotutela por parte de la Comisión de Doctorado, el alumno/a deberá matricularse en la Universidad de Zaragoza, si no lo está ya, en los términos que establezca el convenio de cotutela.
Hay que tener en cuenta que el doctorando debe matricularse cada año en cada una de las dos universidades, pero con dispensa del pago de los derechos en una de ellas.
Por lo que respecta a la Universidad de Zaragoza, los doctorandos en cotutela abonan los costes de la apertura de expediente (el primer curso); los gastos fijos todos los años académicos incluidos en la cotutela; y la tutela académica de doctorado, al menos, un curso; además del seguro escolar o seguro de accidentes obligatorio para los mayores de 28 años.
Por otra parte, todos los doctorandos en cotutela de la UZ deben cumplir durante su formación los mismos trámites y procesos que los demás doctorandos.
A la hora de hacer la/s estancias de cotutela no será necesario solicitar permiso a la comisión académica del programa ni hacer informe de las mismas. Sí que será necesario recabar en la institución extranjera certificado(s) de la(s) estancia(s) de cotutela, que deberá/n indicar el nombre del centro/departamento/laboratorio donde se ha llevado a cabo y ser firmados por el/la responsable del mismo. En el/ellos se deberán indicar las fechas de inicio y fin de las mismas. No hay modelo específico, pero se recomienda que lleve el membrete y/o logo de la institución de acogida. El doctorando/a deberá incorporar estos certificados a su DAD.
Admisión a trámite de la tesis en cotutela y defensa
La tesis podrá ser redactada en la lengua de cualquiera de las dos universidades y se acompañará de un resumen y las conclusiones redactados en la de la otra. También podrá ser redactada en una lengua habitual para la comunicación científica en su campo de conocimiento que esté aceptada en el programa de doctorado en que esté inscrito el doctorando.
Los requisitos de depósito, propuesta de tribunal, publicidad, defensa, evaluación y menciones de la tesis doctoral serán los que rijan en las respectivas universidades y hayan quedado establecidos en el correspondiente convenio de cotutela, sea cual fuere la universidad donde se defienda.
Las tesis elaboradas en cotutela se deben depositar en las dos universidades participantes en la misma. Así pues, el doctorando llevará a cabo la solicitud de admisión a trámite de la tesis de forma habitual, adjuntando también la documentación propia de las tesis en cotutela.
El tribunal será designado de común acuerdo entre las dos universidades respetando las exigencias normativas de ambas.
El doctorando deberá abonar a la UZ las tasas de defensa de la tesis si ésta tiene lugar en la misma.
Una vez autorizada la defensa de la tesis y nombrado el tribunal, el secretario del mismo deberá comunicar (tesis@unizar.es) el lugar, la fecha y hora de lectura con al menos diez días lectivos de antelación, tanto se defienda en la UZ como en la Universidad con la que se firma el convenio de cotutela. En caso de que se defienda en la UZ el miembro del tribunal designado al efecto, entregará en la sección administrativa de la EDUZ la documentación correspondiente y enviará a la universidad extranjera la documentación necesaria. En caso de que se defienda en la universidad extranjera, el miembro del tribunal designado al efecto, entregará o enviará, en un plazo de cinco días, la documentación correspondiente a la sección administrativa de la EDUZ.