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Última modificación
Mié , 20/03/2024 - 12:10

Buenas Prácticas en la EDUZ.

Código de Buenas Prácticas para su Escuela y Programas de Doctorado.

El RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que “todas las personas integrantes de una escuela de doctorado deberán suscribir su compromiso con el cumplimiento del Código de buenas prácticas adoptado por dicha Escuela”. Por otra parte, señala que las Universidades establecerán las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental que en la Universidad e Zaragoza se concreta en la Carta del Doctorado, que deben firmar el doctorando/a, su tutor/a, su(s) director/a(s) y el Director/a de la EDUZ, visado por el coordinador/a del Programa de doctorado correspondiente. Esta carta incluye una cláusula en la que se indica que las personas firmantes de ese documento se obligan al cumplimiento del Código de Buenas Prácticas adoptado por la Escuela de Doctorado. 

Éste Código sirve como instrumento adecuado para encauzar las relaciones entre el doctorando o doctoranda, los investigadores responsables de su formación y la Universidad, a través de la EDUZ. Se inspira en la Carta Europea del Investigador y es un instrumento complementario de la normativa existente (fundamentalmente el Reglamento de Régimen Interno de la EDUZ). Pretende generar una cultura común que redunde en el aumento de la calidad de la formación doctoral y contribuir al rigor, respeto, responsabilidad e integridad en el desarrollo de la actividad científica.
Dicho código no pretende entrar en competencias jurídicas o éticas de otra naturaleza, que pudieran estar enmarcadas en el campo de actuación de otros órganos, servicios y comités de la Universidad.

Dada la singularidad de la formación doctoral, en la que el proceso de aprendizaje combina la adquisición con la generación de conocimiento, el presente código debe entenderse como el complemento en materia doctoral al Código de Buenas Prácticas en Investigación de la UZ.

También debe tenerse en consideración el Código Ético de la Universidad de Zaragoza que se establece como el marco general de referencia que ha de guiar las actuaciones en el desempeño de la actividad universitaria.  Así como el Reglamento de normas de convivencia de la Universidad de Zaragoza, aprobado por el Consejo de Gobierno el día 30 de marzo de 2023.

Comité de Ética de la Investigación de la Comunidad de Aragón (CEICA)

Cuando las tesis incluyan investigación con personas, muestras biológicas humanas o datos personales, incluyendo los ensayos clínicos y estudios observacionales con medicamentos y productos sanitarios puede ser necesario contar con la evaluación positiva del CEICA.

Comisión Ética Asesora para la Experimentación Animal de la Universidad de Zaragoza

Cuando las tesis incluyan investigación con animales será necesario contar con la evaluación del CEA.