Tribunal de evaluación de la tesis
Propuesta y composición del Tribunal
La propuesta de tribunal de tesis debe ser efectuada por el órgano responsable en el impreso diseñado al efecto y se remitirá a la Escuela de Doctorado junto con el de admisión a trámite de la tesis. La propuesta incluirá el número necesario de expertos en la materia que, cumpliendo los requisitos que se especifican a continuación, permitan constituir el tribunal. Indicará las personas propuestas para presidente, secretario, vocal y suplentes primero y segundo, así como la referencia a dos publicaciones, al menos, de cada uno de ellos relacionadas directamente con la materia de la tesis o estrechamente afines. Los suplentes podrán ejercer, en todo caso, como presidente, secretario y vocales.
El tribunal de evaluación de la tesis estará compuesto por tres miembros titulares y dos suplentes. Cuando la temática de la tesis así lo requiera, el director de la tesis podrá solicitar razonadamente a la Comisión Académica responsable del programa de doctorado el nombramiento de un tribunal de evaluación de cinco miembros y dos suplentes que deberá autorizar la Comisión de Doctorado.
Cada miembro propuesto deberá estar en posesión del título de doctor, ser experto en la temática de interés y tener experiencia investigadora acreditada. Se considerarán acreditados todos aquellos doctores con algún tramo de actividad investigadora reconocido (CNEAI, ACPUA o equivalente) o quienes reúnan méritos equiparables reconocidos como tales por la Comisión de Doctorado, de acuerdo con criterios públicos y objetivos, por ramas de conocimiento. La solicitud del reconocimiento de la experiencia investigadora por parte de la Comisión de Doctorado se realizará empleando el formulario correspondiente.
Se promoverá la paridad de género en la conformación del tribunal.
No podrán formar parte del tribunal:
El director/es y el tutor de la tesis, salvo en el caso de tesis presentadas en el marco de acuerdos bilaterales de cotutela con universidades extranjeras que así lo tengan previsto. En tal supuesto el tribunal se incrementará en tantos miembros como directores, y estos figurarán como miembros del tribunal solamente en el acta de lectura de tesis de la Universidad extranjera.
Más de dos miembros de la misma institución. En todo caso, el tribunal titular estará formado por una mayoría de miembros externos a la Universidad de Zaragoza y a las instituciones colaboradoras en la Escuela o en el programa de doctorado. A los efectos de su participación en un tribunal de tesis, las personas jubiladas computan como pertenecientes a la última institución en la que prestaron servicio. En caso de que sea necesaria la actuación de miembros suplentes, se deberán respetar igualmente estas restricciones.
Aquellos en quienes concurran las circunstancias por las que las autoridades y personal al servicio de las Administraciones deben abstenerse de intervenir en el correspondiente procedimiento, especialmente cuando se refieran al autor de la tesis, al tutor o a su director o directores. En particular, no se admitirán propuestas de tribunales cuando alguno de sus miembros presente con ellos un vínculo matrimonial, o situación de hecho asimilable, o el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo.
Los coautores de las publicaciones derivadas de la tesis, especialmente, las aportadas en caso de tesis por compendio. Por otra parte, el doctorando/a, no podrá ser coautor de las publicaciones relacionadas directamente con la materia de la tesis o estrechamente afines que se aporten en la propuesta de tribunal.
El/los investigador/es que recibieron al estudiante y/o realizaron tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de acogida durante la estancia, en caso de tesis que opta a mención internacional en el título de doctor. Sin embargo, sí podrán formar parte del tribunal las personas que hayan emitido el informe.
El responsable designado por la empresa en caso de tesis que opta a mención industrial en el título de doctor.
Una vez conformado el tribunal, la Comisión Académica responsable del programa facilitará al doctorando los datos de los miembros del mismo (DNI, pasaporte, etc.) para que éste pueda proseguir con la cumplimentación de la ficha TESEO.
En el caso de que haya renuncias justificadas de un miembro titular, el presidente del tribunal procederá a sustituirlo por el suplente correspondiente.
Ver especialmente el punto 3 del Procedimiento de depósito, autorización y defensa de tesis de la UZ (Comité de Dirección de la EDUZ, 28 de julio de 2020)
Nombramiento del Tribunal
Terminado el periodo de exposición pública y si el Tribunal cumple con la normativa vigente, la Comisión Permanente del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado nombrará a los miembros del tribunal, en el plazo máximo de treinta días lectivos contados desde la fecha de conclusión del periodo de exposición pública, a la vez que dicta la resolución por la que se conceda o deniegue la autorización de defensa.
Concedida la autorización, deberán hacerse llegar los ejemplares de la tesis y copia del CV investigador a los miembros titulares y suplentes del tribunal, así como el documento de actividades del doctorando.
La Sección de la Escuela de Doctorado comunicará la autorización de defensa de la tesis y nombramiento del tribunal, que deberá actuar en un plazo máximo de 4 meses.
En el nombramiento como miembro de tribunal figurará el nº de referencia del Tribunal que será necesario para hacer las reservas con la agencia de viajes y para rellenar el impreso de dieta. Para gestionar las reservas hay que contactar primero con tesis@unizar.es para evaluar sus necesidades.
Información sobre alojamientos concertados
Existe la posibilidad de participar por videoconferencia como miembro de un tribunal de tesis doctoral solicitándolo junto con la propuesta de tribunal.
Ver especialmente los puntos 5 y 6 del Procedimiento de depósito, autorización y defensa de tesis de la UZ (Comité de Dirección de la EDUZ, 28 de julio de 2020.
Dietas y ayudas para Tribunales de Tesis Doctorales
Los gastos de viaje y alojamiento serán abonados por adelantado por la persona que realiza el viaje, debiendo estar a su nombre las facturas emitidas. Su importe será posteriormente reintegrado por la Universidad de Zaragoza dentro de los límites establecidos.
Las indemnizaciones por razón del servicio se efectuarán en virtud de las normas de gestión económica de la Universidad de Zaragoza, así como las instrucciones establecidas por Gerencia y por la Escuela de Doctorado.
En el caso de que algún miembro tenga que percibir las correspondientes indemnizaciones por razón del servicio (dietas), deberá presentar el impreso de dietas cumplimentados con los datos necesarios, los recibos justificantes del gasto (estancia en hotel, viaje, etc.) y fotocopia del DNI. Esta documentación sobre dietas se hará llegar al Negociado de Tesorería (2ª planta del edificio Interfacultades).
Documentación de interés:
Convocatoria de defensa, desarrollo del acto, evaluación y entrega de la documentación (secretario del Tribunal)
El Secretario del Tribunal que juzgue la tesis doctoral (preferiblemente perteneciente a la UZ):
Convocará en nombre del Presidente a los miembros titulares con antelación suficiente.
Comunicará (una vez recibido el nombramiento como secretario del tribunal, no antes) a la Comisión de Doctorado la fecha de la lectura con una antelación mínima de 10 días lectivos en el modelo diseñado al efecto remitiéndolo en primer lugar por correo electrónico a tesis@unizar.es y posteriormente, en papel a través de registro autorizado. La Sección de la Escuela de Doctorado enviará al Secretario toda la documentación necesaria para poder desempeñar su tarea adecuadamente (acta a cumplimentar, impresos de dietas, sobre con las papeletas de votación, etc.).
Recabará de cada miembro del tribunal un informe individualizado con la valoración que haya efectuado.
Entregará, finalizada la defensa de la tesis, en la Sección de la Escuela de Doctorado la siguiente documentación en el plazo máximo de 2 días hábiles:
Sobre cerrado con las papeletas de cada miembro del Tribunal donde habrán indicado cada uno de ellos con una cruz, la votación favorable, o no favorable, acerca de la mención "cum laude", con las firmas del Secretario y un Vocal del Tribunal entre la solapa y el cierre de dicho sobre.
Acta con la calificación otorgada.
Informe individualizado de cada miembro del tribunal.
Ficha TESEO debidamente completada.
Ver especialmente puntos 7-9: Procedimiento de depósito, autorización y defensa de tesis de la UZ (Comité de Dirección de la EDUZ, 28 de julio de 2020)