Mención Doctorado Internacional
Última modificación
Lun , 27/03/2023 - 11:02
La Comisión Permanente de la EDUZ podrá conceder la inclusión de una mención “Doctor internacional” en el título de doctor o doctora, siempre que se reúnan las condiciones establecidas.
Normativa relativa a la mención de doctorado internacional
Ver artículo 18: Acuerdo de 25 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento sobre Tesis Doctorales de la UZ
Ver punto 12.2: Procedimiento de depósito, autorización y defensa de tesis de la UZ (Comité de Dirección de la EDUZ, 28 de julio de 2020)
Requisitos
- Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia podrá llevarse a cabo en diferentes centros, y en periodos de al menos 30 días de duración siempre que haya razones que lo justifiquen a juicio de la Comisión Académica. Con carácter general, las estancias no podrán ser realizadas en instituciones del país de origen, residencia o trabajo del doctorando. En todo caso, la estancia y las actividades habrán de ser avaladas por el director y autorizadas por la Comisión Académica, con el visto bueno de la Comisión Permanente del Comité de Dirección, y se incorporarán al DAD. El/los investigador/es que recibieron al estudiante y/o realizaron tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de acogida no podrá/n haber formado parte del tribunal.
- Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana. Si la tesis se presenta en inglés, o en otra lengua de difusión científica distinta de las oficiales en España, la tesis debe contener al menos un resumen y conclusiones en español.
- Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a dos instituciones distintas de educación superior o institutos de investigación no españolas. Dichos expertos no podrán coincidir con el/los investigador/es que recibieron al estudiante y/o realizaron tareas de tutoría/dirección de trabajos en la entidad de acogida y podrán formar parte del tribunal evaluador de la tesis.
- Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto de los responsables de las estancias, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.
Tramitación
- Solicitud de autorización para realizar la estancia que opta a mención internacional y resolución
- Admisión a trámite de la tesis que opta a la mención internacional
- Solicitud. Se presentará, además de la documentación exigida en todos los casos, la siguiente documentación específica:
- Solicitud de mención internacional en el título de doctor.
- Certificado(s) de la(s) estancia(s) de investigación por la(s) que se pide la mención, indicando claramente el nombre del (de los) responsable(s), las fechas de inicio y fin de las mismas y las actividades realizadas. En todo caso, deberán ser posteriores a la primera matrícula en el programa. Los certificados deberán haber sido firmados por el responsable de la estancia en el centro correspondiente. No hay modelo específico, pero el documento de certificación de la estancia llevará membrete y/o logo de la institución de acogida y generará certeza a los efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de estancia.
- Al menos dos informes de la tesis, emitidos y firmados por expertos doctores pertenecientes a dos instituciones distintas de educación superior o institutos de investigación no españolas. No hay modelo específico, pero los informes deberán llevar membrete y/o logo de la institución del firmante y generar certeza respecto a su autoría.
- Aval de la estancia, firmado por el director de tesis, que contendrá además certificación de los datos relativos a los expertos informantes (filiación y año de obtención del doctorado entre otros datos de interés).
- Resolución. La Comisión Académica informará sobre la solicitud realizada elevándola a la Comisión Permanente de la EDUZ para su autorización, si procede.
- Solicitud. Se presentará, además de la documentación exigida en todos los casos, la siguiente documentación específica:
Consultas: extranjerosdoctorado@unizar.es