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Cuando las tesis incluyan investigación con personas, muestras biológicas humanas o datos personales, incluyendo los ensayos clínicos y estudios observacionales con medicamentos y productos sanitarios puede ser necesario contar con la evaluación positiva del Comité de Ética de la Investigación de la Comunidad de Aragón (CEICA).
Por otra parte dicho Real Decreto 99/2011 señala que las Universidades establecerán las funciones de supervisión de los doctorandos mediante un compromiso documental firmado por la Universidad, el doctorando, su tutor y su Director en la forma que se establezca. En la Universidad de Zaragoza este compromiso se concreta en la “Carta del doctorado”, firmada por el doctorando, su tutor y su(s) director(es), el coordinador del programa y el director de la Escuela de Doctorado después de la admisión. Como prevé el citado RD la carta incluye en su cláusula novena un procedimiento de resolución de conflictos y contempla en la cláusula octava los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generarse en el ámbito de programas de Doctorado.